Bueno, ay tengo las condiciones legales de lo que os comentaba, se llama Citroen Freedrive..lo interesante para muchos, es que se puede contratar antes del primer mantenimiento, osea..que si no hacéis kilómetros, antes del primer año, o seo creo entender en el articulo 111...bueno , pego la info por que no se como subirla escaneada y a ver que conclusión sacáis.....
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SERVICIO CITROEN FREEDRIVE
(Pago Mensuatzado)
(CITROEN Asistencia, Reparación de averías mecánicas, eléctricas y electrónicas, sustitución de piezas de desgaste, revisiones periódicas y opciones)
El presente documento establece las condiciones y modalidades del CONTRATO CITROEN FREEDRIVE, en adelante denominado el "Contrato", propuesto por AUTOMÓVILES CITROEN ESPAÑA, S.A. (en adelante
AUTOMÓVILES CITROEN).
ARTÍCULO 1- DURACIÓN-KILOMETRAJE
1.1 El Contrato se firma por una duración en meses, computados desde la fecha de primera matriculación del vehículo, y para un kilometraje máximo, contado desde el kilómetro cero y dando fe de ello el
cuentakilómetros del vehículo, elegidos del baremo vigente por el suscriptor e indicados en el anverso de las presentes condiciones generales. El Contrato entra en vigor el día de su firma por el cliente y nunca a ntes
de la fecha de primera matriculación del vehículo, y vence al cumplirse uno de los dos términos suscritos (duración o kilometraje). el que antes suceda.
1.2 Las intervenciones efectuadas al amparo del Contrato, con o sin sustitución de piezas y no solicitadas por el cliente, no tienen como efecto prolongar la duración del mismo (salvo por un período de inmovilización
igual o superior a 7 días).
ARTÍCULO 11-VEHICULO OBJETO DEL CONTRATO
Pueden beneficiarse del Contrato:
- todo vehículo 11) Citroen de uso particular o profesional matriculado en el País de suscripción en la fecha de suscripción del Contrato,
- todo vehlculo que haya sido transformado por un carrocero recomendado Automóviles Citroen. No están cubiertas por el Contrato, las partes transformadas, las eventuales averías causadas por estas
transformaciones y las eventuales operaciones de mantenimiento específicas a estas partes.
( 1) vehfculos excluidos: alquiler sin conductor de corta duración, vehículos matriculados como alquiler sin conductor, taxis, ambulancias, autoescuelas, vehlculos sanitarios ligeros, vehículos eléctricos, vehículos
destinados al transporte de personas a título oneroso y vehículos transformados o utilizados para competición o en rallies.
ARTÍCULO 111- PERÍODO DE SUSCRIPCIÓN
El Contrato puede suscribirse durante los 24 meses después de la fecha de venta del vehículo nuevo, siempre y cuando dicho vehículo no haya superado el kilometraje previsto para el primer mantenimiento de la
Guía de Mantenimiento y de Servicios del vehículo, y:
haya sido reparado conforme a las prescripciones del fabricante,
- siempre se haya realizado el mantenimiento conforme a la Guía de Mantenimiento y de Servicios del vehlculo, y
- en caso de un defecto responsabilidad del fabricante, reparado por un miembro de la red de Servicios Oficiales CITROEN.
En todos los casos, la duración del Contrato se calcula a partir de la fecha de primera matriculación del vehículo nuevo y finaliza al cumplirse uno de los dos términos suscritos (duración o kilometraje), el que antes
suceda.
ARTÍCULO IV-ÁMBITO TERRITORIAL
El Contrato es de aplicación mientras el vehículo permanezca matriculado en España y circule en los siguientes países: España, el resto de países de la Unión Europea, así como los siguientes países o territorios:
Azores, Andorra, Bosnia Herzegovina, Croacia, Gibraltar, Islandia, Kosovo, Liechtenstein, Macedonia, Madeira, Mónaco, Montenegro, Noruega, San Marino, Serbia, Suiza y Vaticano.
ARTÍCULO V-ÁMBITO Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DEL CONTRATO
Las prestaciones del presente Contrato se añaden a las contempladas en la garantía contractual.
5.1 El contrato cubre las siguientes prestaciones Imano de obra incluida!:
5 .1.1. Las operaciones de mantenimiento periódico del vehículo tal y como se indican en la Guía de Mantenimiento y de Servicios del vehículo, !en condiciones normales de utilización) sa lvo opción de mantenimiento
severo. Ver punto 8.4. El cliente podrá también disponer de un vehículo de sustitución, dentro del límite de un día por intervención, y beneFiciarse del lavado interior y exterior del vehículo.
5.1 .2 . Las intervenciones necesarias para mantener el vehículo en estado normal de funcionamiento, incluyendo la reparación o sustitución de las piezas reconocidas como defectuosas y la sustitución de las piezas de
desgaste, a excepción de:
el suministro de carburante y aditivos
los reglajes (puertas, tren delantero, paralelismo, equilibrado de las ruedas .. )
las vibraciones y ruidos ligados al funcionamiento del vehículo y los deterioros tales como la decoloración, la alteración o la deformación de piezas debidos a su envejecimiento normal
las consecuencias directas o indirectas de no haber notificado el defecto a un Servicio Oficial de la Marca y/o de no haber respondido a la invitación de un Servicio Oficial de la Marca para presentar inmediatamente
el vehículo con el fin de proceder a la revisión de dicho vehículo
las reparaciones consecuencia de fenómenos naturales como granizadas, inundaciones, rayos, tormentas u otros fenómenos atmosféricos
las reparaciones consecuencia de accidentes, incendios, robos, intentos de robo o revueltas
la rotura de lunas, luces, óptica de los faros o retrovisores
las juntas de las puertas
la sustitución del depósito en los vehículos GNV
la pérdida de embellecedores o mandos a distancia
las intervenciones de carrocería o pintura
las intervenciones en asientos, guarnecidos o moqueta debidas al desgaste
las reparaciones de accesorios o equipamientos no montados de serie y sus consecuencias
las consecuencias de un uso inadecuado del vehículo (sobrecarga, competición}, de un error o de una negligencia del conductor
las consecuencias del montaje en el vehículo de piezas no recomendadas por el Fabricante
cualquier reparación, revisión o prestación de asistencia resultante de un incidente mecánico ocasionado por haber efectuado reparaciones fuera de la red CITROEN
las consecuencias de un mantenimiento no conforme a la Guía de Mantenimiento y de Servicios del vehículo
las revisiones anuales íacultativas entre dos mantenimientos periódicos
las evoluciones necesarias para adecuar el vehículo a un cambio de legislación posterior a la puesta en circulación del vehículo.
5.1.3 . Los gastos de reparación cubiertos por el Contrato necesarios para superar la primera inspección técnica del vehículo.
El cliente está en su derecho de exigir al miembro de la red de Servicios Oficia les CITROEN, quien a su vez deberá demostrar, la utilización de piezas de recambio originales suministradas por el fabricante.
5.2 El suscriptor se beneficia de las prestaciones de CITROEN ASISTENCIA que se describen en el artículo VII.
5.3 Los neumáticos y su reparación están excluidos del Contrato, salvo opción contratada.
5.4 La aplicación del Contrato está sometida a las condiciones y modalidades siguientes:
5.4.1 Por un lado, debe realizarse con regularidad el mantenimiento, conforme a la Guía de Mantenimiento y de Servicios y, por otro, en caso de defecto responsabilidad del fabricante, el vehículo debe ser reparado
por un miembro de la red de Servicios Oficiales CITROEN, al que deberá presentarse dicha guía antes de la intervención. El vehículo debe presentarse a un miembro de la red de Servicios Oficiales CITROEN lo antes
posible desde la detección del incidente, salvo en los casos de reparación in situ o remolcado, que se rigen por el artícu lo 7 .2.1.
5.4.2 En caso de existir desacuerdo sobre la aplicación del Contrato en una intervención determinada, el diente puede solicitar la realización de un peritaje contradictorio por un tercero designado de común
acuerdo, cuyos honorarios y gastos deberá satisfacer el diente. Éstos le se rán reembolsados si el peritaje demuestra que la intervención está cubierta por el Contrato.
5.4.3 El coste de las intervenciones cubiertas por el Contrato y realizadas en España es asumido directamente por AUTOMÓVILES CITROEN. En los demás países cubiertos por el Contrato, el cliente debe abonar
las facturas, que le serán reembols das enviando el original al Punto de Venta Citroen en cuanto regrese a España.
5.4.4 Las intervenciones e l amparo del Contrato, con o sin sustitución de piezas y no solicitadas por el cliente, no tienen como efecto prolongar la duración del mismo !salvo por un período de inmovilizacion superior a 7 dias.
ARTÍCULO VI - CONDICIONES DE PAGO
6.1 El suscriptor paga el precio del Contrato mediante el pago de un abono, según las indicaciones que figuran en el anverso de dicho Contrato, por domiciliación bancaria.
Con independencia de la periodicidad elegida, el ingreso debe efectuarse en los primeros días del período abonado y por adelantado.
En caso de que la suscripción se efectúe ya empezado el mes o trimestre, la primera cuota se calculará proporcionalmente al tiempo restante hasta la finalización del mes o trimestre en curso, correspondiendo la
última cuota a la parte complementaria a dicho período.
En caso de retrasarse en el pago de las cuotas, AUTOMÓVILES CITROEN se reserva el derecho a exigir intereses de demora, calculados al tipo legal incrementado en tres puntos. Desde el inicio del Contrato y
durante todo el período contractual, las cuotas no variarán, salvo modificación del régimen fiscal, en cuyo caso ambas partes se comprometen a aceptar su incidencia en el importe de las cuotas. Las cuotas deben
pagarse a lo largo de todo el período de duración efectiva del Contrato. Su importe ha sido calculado basándose en el supuesto de que su pago se realice a lo largo de toda la duración suscrita en el dorso.
Por consiguiente: Si la fecha de suscripción del presente contrato es posterior a la fecha de primera matriculación del vehículo, el cliente abonará las mensua~dades vencidas hasta la fecha de suscripción del presente
contrato, distribuidas entre el resto de meses de la duración pactada, calculando dichas cuotas dividiendo el coste total del presente servicio por el número de meses pendientes hasta su vencimiento, quedando
anotada en la hoja de suscripción la cuota calculada de acuerdo con este criterio.
6.2 CITROEN BANK ES UNA DENOMINACIÓN COMERCIAL DE BANQUE PSA FINAN CE SUCURSAL EN ESPAÑA, C/ Julián Camarilla N' 6 A 1' 28037 MADRID-Tlfnos: 91 3472640 - FAX: 91 3472674
Registro Mercantil de Madrid, TOMO 13.156, Libro O, folio 139, Sección 8, Hoja n' M - 212885, In scripción 1, CIF W0012543E N' 1463 del Registro del Banco de España, ha sido designada por
AUTOMÓVILES CITROEN para facturar por cuenta y orden de esta última al suscriptor las cuotas del presente Contrato, cobrarlas y transferirlas a AUTOMÓVILES CITROEN.
ARTÍCULO VII -PRESTACIONES CITROEN ASISTENCIA
7.1-CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LAS PRESTACIONES
7.1 .1 BENEFICIARIOS: El conductor del vehículo CITROEN objeto del Contrato y cualquier otra persona que participe en un desplazamiento en dicho vehículo, dentro del límite del número de plazas indicado en el
permiso de circulación, en adelante denominados los "beneficiarios". No obstante, el cliente será el único responsable del cumplimiento del Contrato. Por otra parte, los beneficiarios no pueden te ner más derechos
que el cliente.
7 . 1.2 DOMICILIO: El domicilio tenido en cuenta para la aplicación de las prestaciones de Asistencia al conductor y a sus pasajeros, en adelante denominado el "domicilio", es el habitual del suscriptor del Contrato.
7.1.3 INMOVIUZACIÓN DEL VEHÍCULO: Se considera inmovilización del vehículo, toda situación que lo inhabilite:
• resultante de una avería (es decir, que inmovilice el vehículo o haga que no sea apto para circular con normalidad) ocasionada por un incidente !lo que no incluye a las operaciones de mantenimiento periódico!
cubierto por el Contrato.
• que cumpla la condición de que el vehículo no pueda repararse en las dos horas siguientes a su llegada a un taller de la red de Servicios Oficiales CITROEN.
7.2 DEFINICIÓN DE LAS PRESTACIONES
7.2.1 PRESTACIONES OFRECIDAS: En caso de avería cubierta por el presente contrato, quedan comprendidas las prestaciones definidas en el apartado CITROEN AS ISTENC IA de la Guía del Mantenimiento
entregada con el vehículo.
7.2.3. LÍMITES- EXONERACIONES
Toda gasto vinculado a las prestaciones de Asistencia en que se incurra debe haber recibido un número de acuerdo previo de la red CITROEN o de CITROEN ASISTENCIA. Cualquier otro gasto no recogido en el
Contrato no da lugar a reembolso. Por otra parte, no se concederá ninguna indemnización en compensación por prestaciones utilizadas pero no recogidas en el Contrato, en contrapartida de prestaciones previstas
pero no utilizadas.
El préstamo de vehículo de sustitución se rige por las condiciones generales de la empresa de alquiler, en particular en lo que respecta a la edad mínima requerida para conducir dicho vehículo.
Por último, AUTOMÓVILES CITROEN no podrá considerarse responsable del incumplimiento de los compromisos enumerados en caso de fuerza mayor.
ARTÍCULO VIII -OPCIONES
8.1 . NEUMÁTICOS. Cubre los gastos derivados de la sustitución de un neumático dañado o gastado, según la opinión del experto. La reparación debe ser realizada por la Red Citroén.
Esta operación incluye un equilibrado de las ruedas y la sustitución, dado el caso, del kit anti pinchazos. Es aplicada en el límite del número de neumáticos suscritos.
8.2 . MANTENIMIENTO SEVERO: Cubre los mantenimientos en condiciones severas de utilización. Es obligatorio contratar esta opción si e l uso del vehículo está definido en la guía de mantenimiento como
condiciones severas de utilización.
ARTÍCULO IX- RESOLUCIÓN
9.1 En caso de siniestro, si la aseguradora declara el vehículo como técnica o económicamente irreparable, el Contrato quedará resuelto de pleno derecho a la fecha del siniestro. El suscriptor debe informar al
Concesionario vendedor por correo certificado adjuntando un justificante (informe pericial, certificado de destrucción). En caso de robo, si el vehículo no ha sido encontrado 30 días después de la denuncia, el Contrato
quedará resuelto de pleno derecho a la fecha del robo.
9 .2 En caso de vender el vehículo, el suscriptor debe comunicarlo a su punto de venta CITROEN por correo certificado, adjuntando un justificante (copia de la factura de venta). El Contrato quedará extinguido al
terminar el mes en curso.
9.3 En los casos anteriormente previstos, cuando la proporción del kilometraje efectivamente realizado hasta la fecha de la resolución con respecto al contratado sea superior a la de la duración transcurrida (hasta
final del mes en curso) con respecto a la suscrita, CITROEN BANK emitirá una factura de reajuste por cuenta de AUTOMÓVILES CITROEN que se cargará en la cuenta del suscriptor.
9 .4 Durante todo el período de validez del Contrato, el suscriptor debe residir en España; en caso de cambiar la matrícula fuera de dicho territorio, el Contrato quedará resuelto automáticamente y de pleno derecho
a partir de la fecha de cambio de matrícula.
9.5 Reservándose la facultad para ejercer cualquier otro derecho, y en particular el de reclamar daños y perjuicios, AUTOMÓVILES CITROEN podrá resolver el Contrato de pleno derecho por correo certificado con
acuse de recibo en caso de no observancia por el suscriptor de alguna de las obligaciones del presente Contrato y en particular:
. En caso de no hacer efectivo el pago de una cuota o de cualquier otra suma adeudada en aplicación del Contrato .
. Cuando se hayan montado piezas o realizado modificaciones en el vehículo, no autorizadas por el fabricante .
. Cuando se haya utilizado el vehículo con sobrecarga o en una competición deportiva .
. Cuando el cuentakilómetros haya sido desconectado, puesto a cero o manipulado.
9 .6 La resolución del contrato debida a una falta o por iniciativa del diente supondrá la facturación al suscriptor del 10% en concepto de gastos de gestión.
ARTÍCULO X- RESOLUCIÓN DE LITIGIOS
Las partes contratantes se esforzarán en solucionar todos los litigios de forma amistosa. Si no fuera posible llegar a un acuerdo amistoso, la e lección del tribunal competente se llevará a cabo según las reglas del
derecho común .
Y ahora os pongo el documento mas visual de todo esto..nota: se muestra en tablas, pero aquí no se puede mostrar tan bien como el original.
CONTRATO DE SERVICIO CITROEN FREEDRIVE (PARTICULARES Y EMPRESAS)
MODO DE PAGO CONTADO MENSUAL
CLIENTES PARTICULARES Y EMPRESAS
USOS EXCLUIDOS Alquiler sin conductor de corta duración, taxi, autoescuela, ambulancia, Servicio Público, competición.
VEHÍCULOS TURISMOS E INDUSTRIALES
VEHÍCULOS EXCLUIDOS Vehículos transformados y Eléctricos
PERIODO DE SUSCRIPCIÓN Hasta la finalización del periodo de Garantía Contractual del vehículo, siempre que no se haya rebasado el kilometraje indicado para la primera revisión de Mantenimiento periódico indicada en la Guía de Mantenimiento del vehículo.
DURACIÓN Y KILOMETRAJE DURACIÓN: A elegir entre 12 y 84 MESES, en pasos de 12 MESES,
KILOMETRAJE: A elegir entre 10.000 y 200.000 KM. en pasos de 10.000 KM. TODAS LAS COMBINACIONES POSIBLES
El contrato llegará a su término al primero de los dos límites alcanzado.
Meses y kilómetros a contar a partir de la fecha de primera matriculación del vehículo.
PROLONGACIÓN DEL CONTRATO Posibilidad de prolongar la duración y/o kilometraje del contrato antes de que llegue a su fin, no deberá superar los 84 meses y 200.000 km.
No existe posibilidad de prolongar el contrato.
PRESTACIONES 1. Reparación de las AVERÍAS mecánicas, eléctricas, electrónicas y sustitución de piezas defectuosas.
2. Operaciones de MANTENIMIENTO PERIÓDICO preconizadas por el constructor y definidas dentro de la Guía de Mantenimiento entregada con el vehículo (en condiciones normales de utilización). Al realizar esta operación de mantenimiento, el cliente podrá también disponer de un vehículo de sustitución dentro del límite de un día, y beneficiarse del lavado interior y exterior del vehículo
3. Intervenciones necesarias para el mantenimiento del vehículo en estado normal de funcionamiento, incluyendo la REPARACIÓN o SUSTITUCIÓN DE PIEZAS RECONOCIDAS COMO DEFECTUOSAS, así como la SUSTITUCIÓN DE PIEZAS DE DESGASTE.
4. Prestaciones definidas en el apartado de CITROEN ASISTENCIA de la Guía de Mantenimiento entregada con el vehículo.
Asistencia Premium: En caso de pérdida o de olvido de las llaves en el interior del Vehículo cerrado, o bien se proporcionará asistencia en el lugar del incidente, o bien se remolcará el Vehículo hasta el Servicio Oficial CITROEN más cercano o hasta el domicilio del cliente si éste está situado a menos de 50 kilómetros. Las nuevas llaves correrán a cargo del cliente.
- En caso de repostar con un combustible inadecuado o de inmovilización por falta de carburante, o bien se repondrá combustible in situ, o bien se remolcará el vehículo hasta el Servicio Oficial CITROEN más cercano. El combustible y la eventual reparación del Vehículo correrán a cargo del cliente.
- En caso de pinchazo, el Vehículo será, o bien reparado en el lugar del incidente, o bien remolcado hasta el Servicio Oficial CITROEN más cercano. El coste de la reparación correrá a cargo del cliente.
- En caso de fallo de la batería, el vehículo será, o bien reparado en el lugar del incidente, o bien remolcado hasta el Servicio Oficial CITROEN más cercano. El coste de la reparación correrá a cargo del cliente.
5. OPCIONES (Bajo suscripción específica de cada opción):
Opción Neumáticos: Cubre los gastos derivados de la sustitución de un neumático dañado o gastado, según la opinión el experto. La reparación debe ser realizada por la Red Citroen. Esta operación incluye un equilibrado de las ruedas y la sustitución, dado el caso, del kit antipinchazos. Es aplicada en el límite del número de neumáticos suscritos.
Opción Mantenimiento Severo: Es obligatorio contratar esta opción si el uso del vehículo está definido en la Guía de Mantenimiento como condiciones severas de utilización.
EXCLUSIONES Averías como consecuencia de accidentes, robos, causas de fuerza mayor, aquellas debidas a negligencias del conductor, adición de piezas ajenas al vehículo y/o a los trabajos realizados fuera de la Red CITROEN. Los guarnecidos, tapizados y pintura, así como los accesorios no de serie. Los neumáticos (salvo opción contratada).
Tarifas válidas a partir del 1 de mayo 2014
49 / 89
C-ELYSÉE BLUEHDI 100 EXCLUSIVE